TABLA RESUMENGUÍA DE TRÁMITES INMEDIATOSDESPUÉS DEL PARTO, ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO |
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Hecho
causante
Quién
y qué nos da
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Dónde
acudir,
documentos
a presentar
y
documentos que nos entregan
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Derecho
que se solicita
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Quién lo
paga
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Nacimiento del
niño-a (o adopción, o acogimiento o tutela)
Si nacimiento, en el
hospital donde nace entregan el Informe de Maternidad o certificado de
nacimiento y una hoja o cuestionario
para el Registro Civil
Si adopción o tutela,
en el Juzgado entregan resolución judicial
Si
acogimiento familiar, en el Juzgado entregan resolución judicial o
administrativa, o en la Comunidad Autónoma entregan comunicación, o en el
IMSERSO entregan certificad
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Registro Civil
(Ya se puede hacer por internet desde algunos hospitales)
El Registro Civil
entrega Libro de Familia o certificado de inscripción mientras tanto
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Inscripción del hijo-a
en el Registro Civil
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Ayuntamiento
El Ayuntamiento entrega, si se
solicita, certificado de estar empadronado.
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Inscripción del hijo-a en el
Padrón municipal
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Empresa
La empresa entrega
certificado de empresa
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2 días de permiso retribuido (día
del parto y siguiente) (Ver convenio por si concede más)
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La empresa
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INSS o ISM:
Maternidad
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16 semanas de descanso maternal
cobrando un subsidio del 100% de la base reguladora que corresponda
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La Seguridad Social (INSS o ISM)
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INSS o ISM:
Paternidad
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13 días de descanso por
paternidad ( ó 15 ó 20 en su caso)
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La Seguridad Social (INSS o ISM)
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INSS o ISM: Asistencia
Sanitaria
El INSS o el ISM
entregará documento acreditativo del derecho a la asistencia sanitaria
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Asistencia médica y farmacéutica,
con la particularidad de asignación de Médico Pediatra
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La Seguridad Social (INSS o ISM)
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