6 de marzo de 2019

Ampliación progresiva del permiso de paternidad hasta 16 semanas



19 de marzo

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     El Real-Derecto Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo, que incluye la ampliación del permiso de maternidad, no entrará en vigor al menos hasta el próximo viernes, día 8, en cuyo caso coincidiría con el Día Internacional de la Mujer y once días antes del Día del Padre. Las medidas entrarán en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, si bien el texto deberá ser convalidado después por el Congreso.

     El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado el Real-Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo, en el que finalmente se incluye la ampliación del permiso por paternidad a 8 semanas en 2019, 12 semanas en 2020 y 16 semanas en 2021, igualándolo así al de maternidad.




     Por otro lado, la obligatoriedad se extenderá a 6 semanas, ampliándose también progresivamente: las 2 primeras semanas tras el parto serán obligatorias en 2019, 4 en 2020 y 6 en 2021.

     Con todo ello, en 2021 hombres y mujeres tendrán permisos por nacimiento de hijo iguales, intransferibles y retribuidos de 16 semanas.

     La estimación que ha hecho el Gobierno del coste de este Real-Decreto Ley es de aproximadamente 610 millones de euros.




      En 2019, el otro progenitor "contará con un período de suspensión total de 8 semanas", de las cuales las 6 primeras deberá disfrutarlas de manera ininterrumpida inmediatamente después del parto. Se reducen también las semanas que la madre biológica puede ceder al otro progenitor/a hasta 4 semanas de su período de suspensión de disfrute no obligatorio.

     Desde el 1 de enero de 2020, en caso de nacimiento, el otro progenitor/a "contará con un período de suspensión total de 12 semanas", de las cuales también las 6 primeras deberán ser disfrutadas de forma ininterrumpida inmediatamente después del parto. La madre biológica podrá ceder "hasta dos semanas de su período de suspensión de disfrute no obligatorio".




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